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Residencia bajo el Acuerdo de Países Amigos

Este permiso de residencia en calidad de extranjeros nacionales de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión en la República de Panamá, es con el fin de ejercer actividades económicas o profesionales, con base a lo establecido en dicho acuerdo.

Podrá obtener el permiso de Residencia Provisional por un periodo de dos (2) años, una vez finalizado este término podrá solicitar la residencia permanente.


Se puede aplicar por las siguientes razones:

A.      Razones Laborales:

  • Carta de Trabajo.

  • Certificado de Registro Público de la empresa empleadora.

  • Copia de Aviso de Operación.

 

B.      Razones por Inversión en un inmueble:

  • Certificado de Registro Público en Panamá que compruebe que el título de propiedad está a nombre del solicitante, una persona jurídica en la que el solicitante sea beneficiario final.

  • El valor mínimo del inmueble debe ser de US$. 200,000.00 (doscientos mil).

  • La operación de adquisición del inmueble puede ser financiada a través de un banco de la localidad.

C.      Razones por Depósito de Plazo Fijo:

  • Certificado de un banco de licencia general que opere en el territorio nacional en la que haga constar la existencia del depósito de plazo fijo por un valor de US$. 200,000.00 (doscientos mil).

  • Debe estar libre de gravamen con vigencia de 3 años.

  • Esta inversión la puede realizar el solicitante a título personal o a través de una persona jurídica y el solicitante ser el beneficiario final.

Para mayor información puede contáctarnos.



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